Economía

ABC para formalizar el trabajo doméstico remunerado

Por 22 noviembre, 2023 Sin comentarios

Si en tu casa hay alguien que hace el trabajo doméstico remunerado, quizás hayas tenido dudas sobre cómo cumplir con tus obligaciones y tener una relación laboral formal que genere tranquilidad para ti y para quien trabaja en tu hogar.

Aquí te dejamos algunas pistas sobre lo que debe hacer cualquier persona para contribuir a la formalización del trabajo doméstico en el país.

A. ¿Cómo debo contratar?

Puedes contratar una trabajadora:

  • Tiempo completo (interna o no)
  • Medio tiempo
  • Por días
  • Puede ser a término indefinido o con un plazo fijo
  • El contrato puede ser verbal o escrito, pero siempre será mejor uno escrito

Ten en cuenta que en cualquiera de estos casos es obligatorio el pago del salario y de todas las prestaciones sociales legales.

B. ¿Cuánto debo pagar como salario?

El salario de una trabajadora a tiempo completo nunca puede ser menor a un salario mínimo mensual legal vigente –SMMLV–, este valor se establece año a año y es aplicable a todas las personas trabajadoras, incluyendo las trabajadoras domésticas.

En el caso de las trabajadoras por días, su salario será el equivalente al salario diario mínimo legal vigente –SDMLV– por el número de días trabajados.

Y recuerda: el mínimo es el mínimo, si está en tus posibilidades, puedes pagarle un poco más. ¡Vivir con un mínimo en Colombia no es tan sencillo!

C. ¿Y el auxilio de transporte?

Las trabajadoras del servicio doméstico que ganen mensualmente menos de dos SMMLV deben recibir un auxilio de transporte.

Para el 2023, corresponde a un valor diario de $4.687

D. Además del salario, ¿Qué más se debe pagar?

Todas las trabajadoras del servicio doméstico tienen derecho al pago de todas las prestaciones:

  • Prima de servicios
  • Auxilio de cesantías
  • Intereses sobre cesantías y vacaciones

Vacaciones: Las trabajadoras del servicio doméstico tienen derecho al pago de vacaciones remuneradas, que corresponden a 15 días hábiles al año. Durante ese periodo la empleada no labora, pero recibe el salario como si hubiera trabajado.

Ojo: Para las empleadas que trabajan por días, el pago debe ser proporcional a los días trabajados en un periodo de 15 días hábiles.

Prima:

La prima de servicios es igual a un salario mensual por cada año de trabajo, y se debe pagar en dos partes, una en junio y otra en diciembre.

Cesantías:

El pago de cesantías corresponde a un mes de salario por cada año de trabajo (o proporcionalmente si ha trabajado menos de un año). Además, se deben pagar los intereses sobre las cesantías que equivalen al 1% por cada mes trabajado.

Ojo: Las vacaciones no se descuentan para calcular prestaciones sociales

Además, el empleador o empleadora debe asumir los costos de la seguridad social:

  • Salud*
  • Pensión
  • ARL
  • Caja de compensación familiar.

*Las empleadas que trabajan entre 1 y 21 días al mes, pueden permanecer en el régimen subsidiado de salud o como beneficiarias de algún familiar, es decir, el empleador no debe asumir este valor. Si la empleada trabaja entre 22 y 30 días al mes, sí se debe cotizar el pago de salud.

E. ¿Cómo puedo gestionar los pagos de seguridad social?

Tienes dos opciones:

  1. En el mercado existen empresas o personas naturales que prestan el servicio de gestión de pagos y te cobran un monto por la gestión.
  2. Inscribirte como empleador en las entidades correspondientes y pagar mes a mes el valor que corresponda según el tipo de contrato y el salario.
F. ¿Qué hago si quiero gestionar el pago directamente?

1. Afíliate como empleador en la EPS, fondo de pensiones donde la trabajadora ya se encuentre afiliada y en la ARL y caja de compensación que acuerden con la empleada.

2. Escoge uno de estos operadores habilitados para hacer la liquidación de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA –, regístrate y crea un usuario y contraseña.
En el país hay varios operadores: SOI, Mi planilla, Aportes en línea, Asopagos, Simple y Arus.

3. Cada operador tiene un sistema de menú y opciones distintas, pero todos deben darte la opción de agregar un empleado asociado a tu cuenta. Para esto requieres el número de cédula de la persona que tienes contratada en casa.

4. Cuando la tengas asociada a tu cuenta, deberás liquidar la planilla de aportes tipo S (empleados de servicio doméstico) y asociar la EPS, fondo de pensiones, ARL y caja de compensación según corresponda.

5. El sistema te dirá el valor total a pagar según las tarifas establecidas por el Ministerio del Trabajo. A manera de ejemplo, para el 2023, esta es la tarifa:

  • Si la trabajadora doméstica labora entre 1 y 7 días al mes en tu casa, el valor total a pagar por su seguridad social es $64.100 al mes.
  • Si la trabajadora doméstica labora entre 8 y 14 días al mes, el valor total a pagar es de $121.300 mensuales.
  • Si la trabajadora doméstica labora entre 15 y 21 días al mes en tu casa, el valor total a pagar es de $180.100 mensuales

6. Realiza mes a mes el pago correspondiente.

Ten presente que todos estos operadores tienen líneas de atención telefónica donde también pueden acompañarte en el proceso.

Si logras cumplir con estos pasos, estarás aportando a la formalización del trabajo doméstico en el país. En Colombia, el 93% de las personas que se desempeñan como trabajadoras del servicio doméstico son mujeres y el 82% de estas son informales.

Cumplir con estos requisitos en menos complicado de lo que parece. Además, considera que tener una empleada con todas las prestaciones le brinda a ella bienestar y seguridad, y a ti mas tranquilidad.

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